¿Te llegó una factura por un servicio que nunca contrataste o por un monto distinto al que acordaste con tu proveedor? El reloj ya está corriendo y desde que el SII recibe ese documento, tienes ocho días de corrido para decidir qué hacer con él.

Este plazo, establecido en la Ley 20.956, modificó la Ley 19.983 sobre facturas y eliminó la posibilidad de extenderlo a 30 días. Es decir, si el receptor no responde dentro de ese período, la factura se entiende aceptada de forma irrevocable.

Es por esto que aquí te explicamos a fondo cómo rechazar una factura en el SII, qué opciones tienes como receptor y qué ocurre si dejas pasar el plazo.

Opciones tras recibir una factura electrónica

Cada vez que un proveedor te emite una factura electrónica, el SII te permite responder en el Registro de Aceptación o Reclamo de un DTE. Como receptor, hay cuatro caminos.

  1. Otorgar el acuse de recibo. Confirmas que recibiste las mercaderías o que el servicio se prestó.
  1. Aceptar el contenido. Dejas constancia de que estás conforme con lo facturado, aunque aún no confirmes la entrega.
  1. Reclamar la factura. La rechazas porque tiene un error o porque no recibiste todo o parte de lo comprado.
  1. No hacer nada. Al cumplirse el plazo límite, el sistema da la factura por aceptada y registra el acuse de forma automática.

Rechazar una factura, entonces, equivale a reclamarla. Es la única de estas opciones que deja el documento sin derecho a crédito fiscal para quien lo recibe.

¿Cuál es el plazo para rechazar una factura?

El plazo para rechazar una factura es de ocho días de corrido, contados desde que el documento ingresa al SII. No corre desde que llega a tu correo ni desde que recibes la mercadería.

Plazo para aceptar o reclamar una factura electrónica. Al ser días “de corrido”, se cuentan sábados, domingos y festivos. El conteo parte desde la recepción del documento en el SII y no se puede prorrogar.

Por ejemplo, si el SII recibió la factura el lunes 2, el plazo se cumple el martes 10.

Sin embargo, es importante fijarse en el cierre de mes. Las facturas que el SII recibe en los últimos ocho días de un mes, obtienen el acuse automático recién el mes siguiente. Es decir, en caso de necesitar ese crédito fiscal antes, tendrás que dar el acuse tú mismo.

¿Qué es el acuse de recibo de una factura electrónica en el SII?

El acuse de recibo es la confirmación que el comprador entrega al SII de que recibió los productos o servicios facturados. Su efecto principal está en el IVA, porque solo las facturas con acuse de recibo dan derecho a usar el crédito fiscal.

Dentro del registro del SII vas a encontrar dos opciones que parecen iguales, pero tienen efectos distintos. El acuse de recibo, que en el sistema aparece como Acuse de recibo de mercaderías entregadas o servicios, confirma que la compra se concretó y es el que habilita el crédito fiscal. La opción Acepta contenido DTE, en cambio, solo indica que estás de acuerdo con los datos de la factura, como montos y productos. Al marcarla ya no podrás reclamar el documento, pero tampoco tendrás derecho al crédito fiscal hasta que otorgues el acuse de recibo.

Hay que aclarar que el acuse de recibo y el reclamo son excluyentes. Si otorgas el acuse, ya no podrás reclamar esa factura, y si la reclamas, no podrás dar el acuse más adelante.

La excepción son las facturas pagadas al contado, porque el SII considera otorgado el acuse en el mismo acto del pago.

¿Cómo rechazar una factura en el SII paso a paso?

El trámite es gratuito y se hace en línea desde el sitio del SII, siguiendo esta ruta.

sii.cl > Servicios online > Factura electrónica > Registro de Aceptación o Reclamo de un DTE > Ingrese al Registro de Aceptación o Reclamo de un DTE
  1. Identifícate con el RUT de la empresa y su clave tributaria, con Clave Única o con certificado digital.
  1. Ingresa los datos de la factura, como el RUT del emisor, el tipo de documento y el folio.
  1. Revisa la fecha de recepción en el SII para confirmar que sigues dentro del plazo.
  1. Elige el tipo de reclamo que corresponde a tu caso (al contenido, por falta parcial o por falta total).
  1. Confirma la acción. La factura queda como reclamada y el emisor puede ver el evento al consultarla.

Luego avisa al proveedor el motivo. Un correo no reemplaza el reclamo, pero acelera la corrección.

¿Qué pasa si no se rechaza la factura dentro del plazo?

Si se cumplen los ocho días sin respuesta, la ley presume que aceptaste la factura y que las mercaderías se entregaron o el servicio se prestó. Desde ese momento, el registro ya no permite ingresar reclamos y:

  • La factura entra a tu Registro de Compras con acuse automático, aunque sus datos estén errados.
  • El proveedor puede cederla a una empresa de factoring, que luego te cobrará directamente a ti.
  • El documento adquiere mérito ejecutivo y puede servir para iniciar un cobro judicial si no pagas.
  • Cualquier diferencia tendrás que negociarla con el emisor, sin el respaldo de un reclamo formal.

¿Por qué causales se puede reclamar una factura?

Elegir el tipo de reclamo correcto ayuda al proveedor a saber qué debe corregir.

CausalCuándo usarlaEjemplo
Reclamo al contenido de la facturaLos datos del documento no corresponden a lo acordadoPrecio distinto al pactado o un producto que no pediste
Reclamo por falta parcialRecibiste solo una parte de lo facturadoCompraste 50 cajas y llegaron 40
Reclamo por falta totalNo recibiste nada o el servicio no se prestóTe facturan una mantención que nunca se hizo

Ninguno de los tres da derecho a crédito fiscal. Una vez registrado el reclamo, lo habitual es que el emisor corrija sus ventas con una nota de crédito que rebaje o deje sin efecto el documento, el mismo mecanismo que se usa para anular una factura electrónica, y que luego emita una nueva con los datos correctos.

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Buenas prácticas para no perder el plazo de reclamo

Saber cómo rechazar una factura en el SII sirve de poco si te enteras de ella el noveno día. Sin embargo, estos hábitos te dan margen:

  • Revisa a diario las facturas recibidas en el Registro de Compras y Ventas o en tu sistema de facturación, sin depender del correo.
  • Cruza cada factura con su respaldo, como la orden de compra o la guía de despacho de la entrega.
  • Define quién responde y deja a esos usuarios autorizados en el SII, para no depender de una sola persona.

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Preguntas frecuentes

¿Puede el emisor de una factura ver que la reclamé en el SII?

Sí. El emisor puede consultar ese movimiento en el Registro de Aceptación o Reclamo de un DTE del SII. Ahí aparece el reclamo registrado y su tipo, ya sea al contenido, por falta parcial o por falta total de mercaderías o servicios.

¿Quién puede reclamar una factura electrónica a nombre de una empresa?

Puede ser la propia empresa con su RUT y clave tributaria, su representante legal o un usuario al que se le haya dado autorización para operar con facturas electrónicas. Por eso conviene tener definido quién tiene ese acceso dentro del equipo.

¿Se puede reclamar una factura exenta en el SII?

Sí. El Registro de Aceptación o Reclamo funciona para la factura electrónica (código 33), la factura no afecta o exenta electrónica (código 34) y la liquidación factura electrónica (código 43). Como la factura exenta no incluye IVA, el reclamo no cambia tu crédito fiscal. Sí evita que el documento quede aceptado por defecto y que después te lo cobren.

¿Se puede ceder a factoring una factura reclamada?

No. Para que una factura se pueda ceder, necesita contar con acuse de recibo, ya sea otorgado por el comprador o presumido por la ley cuando no se responde. Una factura reclamada deja de cumplir esa condición, así que el proveedor no puede transferirla a una empresa de factoring mientras el reclamo esté vigente.